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Empiezan a regir las facturas electrónicas, sepa cómo emitirlas online

Empiezan a regir las facturas electrónicas, sepa cómo emitirlas online

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Estos comprobantes serán obligatorios para todas las operaciones que se realicen en el mercado interno, excepto para las que estén alcanzadas por el sistema de controladores fiscales. Le contamos todo lo que debe saber para poder efectuarlas.

A partir del 1 de julio todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) tienen que emitir la facturación de manera electrónica para sus ventas o prestaciones de servicios. Una posibilidad es utilizando la funcionalidad que habilita la propia Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de su página de Internet.

Este método, denominado "Comprobantes en Línea", no resulta tan sencillo como parece, aunque es el más elegido por pequeños contribuyentes que emiten un número razonable de comprobantes mensuales y no pueden asumir el costo de un software de facturación. Desde el blog “Contadores en Interacción”, expertos explicaron el paso a paso para que pueda hacerlo a través de la web de la AFIP:

Para utilizar el servicio de "Comprobantes en Línea" es necesario ingresar con clave fiscal y tener dicho servicio habilitado. La misma se realiza a través del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.

El otro paso es validar un punto de venta que será distinto y específico a los que tenía habilitados para la facturación impresa. Este paso se realiza desde el servicio "Administración de puntos de venta y domicilios”. En caso de ser necesario, puede habilitar más de uno.

Emisión

El primer paso para comenzar con la emisión online es ingresar con clave fiscal al servicio "Comprobantes en línea". Se mostrará en pantalla a los contribuyentes asociados con la CUIT ingresada. En caso de existir varios deberá seleccionar el contribuyente correspondiente. Después debe oprimir la opción "Generar comprobantes". Si omitió dar de alta el punto de venta, también puede hacerlo ingresando a "ABM Puntos de Ventas" (flecha azul).

A continuación, debe seleccionar aquel del cual se emitirá la factura electrónica, siempre que se cuente con más de uno. Luego debe completar los datos de emisión del comprobante y presionar “continuar”.

Se pueden emitir comprobantes postdatados con hasta 5 días en el caso de venta de bienes y de hasta 10 días si se trata de prestación de servicios. Obviamente, una vez emitido el mismo en una fecha determinada no podrá emitirse otro con una anterior.

Acto seguido, debe completar los datos del receptor. Con sólo ingresar la CUIT, el sistema mostrará todos los datos fiscales de quién recibirá dicho comprobante y se debe seleccionar la condición de venta.

Luego se debe cumplir con lo siguiente:

  • Detallar el concepto facturado.
  • Seleccionar la unidad de medida que corresponde
  • Ingresar el importe que corresponde al concepto facturado.

En caso de querer ingresar otro concepto de facturación se debe presionar "Agregar línea descripción".

Una vez cumplimentado estos pasos, se previsualizarán todos los datos del comprobante a emitir. En caso de necesitar modificar alguno de ellos, se debe presionar "volver" hasta llegar a la pantalla a modificar. En cambio, si están todo correcto, deberá presionar "Confirmar Datos".

Al instante, el sistema mostrara un cartel que le informará que se está por emitir un nuevo comprobante. Le solicitará que confirme la operación. Luego de aceptada la misma, indicará que la factura ha sido generada y dará la opción de imprimirla, produciendo un archivo en pdf que contendrá las tres copias en formato electrónico.

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